Esas actitudes marcaron dos tendencias que habrían de trazar la evolución de la República. La tendencia de los idealistas constitucionalistas guiados por el ideario duartiano; y los conservadores iniciados por el santanismo, más apegados a la factibilidad del ejercicio y control del poder, y que dio origen al paradigma del poder que ha predominado a lo largo de nuestra historia y que se describe en la “tragedia del poder personal”, cuyo máximo exponente, cientos de años después de la fundación de la República, fue el “Jefe” a todo lo largo de la Era de Trujillo.
Ese paradigma del “poder personal” que aún predomina como guía de conducta en la personalidad social dominicana y en nuestra cultura tradicional autoritaria, ha sido la antítesis del paradigma ideal del poder democrático y civilista contenido en la Constitución. Este último, contrario al primero, se ha concebido idealmente como una expresión de una autoridad formal, racional e impersonal que se materializaría a través de los tres poderes tradicionales que conforman el Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los cuales han de asegurar no solo los derechos fundamentales reconocidos a los ciudadanos en el marco de un estado social de derecho, sino también la soberanía e independencia de la República. No obstante, el predominio del paradigma del poder personal, informal y autoritario, ha hecho que la Constitución haya tenido escasa vigencia en términos prácticos, por lo cual se le ha calificado de forma despectiva como “un pedazo de papel”.
Hoy día, sin embargo, luego de establecido el Tribunal Constitucional, máximo poder vinculante que resguarda la vigencia cotidiana de la Constitución, se viene resaltando la importancia y vigencia de la Carta Magna, mediante una jurisprudencia constitucionalista que viene abriendo el camino para una consolidación institucional del poder constitucional. Así ha quedado evidenciado con las sentencias soberanas del TC en materia de la nacionalidad y con la más reciente sobre la inconstitucionalidad del tratado que vinculaba al país al marco normativo de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH). El poder constitucional se comienza a respetar a través de las iniciativas del TC.
¡Qué se siga fortaleciendo el poder constitucional!
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