Pared Pérez considera muy reducido el plazo de 30 días otorgado para organizar nuevas elecciones en esa demarcación electoral correspondiente al Distrito Nacional.
“Veo ese plazo muy corto, porque un proceso de ese tipo lleva consigo una serie aprestos que no se cumplirían en ese tiempo”, comentó el secretario general del PLD.
Fue entonces cuando recurrió a la máxima jurídica de que “a lo imposible nadie está obligado” refiriendo así al ejercicio del derecho en los existen casos en que se exime de cumplir por las imposibilidades de que se cumpla.
Reinaldo Pared Pérez coincidió con Cesar Pina Toribio y Radhamés Jiménez , quienes informaron el martes que la sentencia será objeto de estudios y análisis para informar al Comité Político, organismo, que como instancia de dirección adoptara una decisión.
El Secretario General del PLD, quien es también jurista, explicó que la sentencia es recurrible, pero es una decisión que en conjunto tiene que verla la dirección del Partido.
Pasada las tres de la tarde del martes día seis, se recibió en las Oficinas del PLD en la Casa Nacional, en la avenida Independencia en Gascue, la sentencia del Tribunal Superior Electoral que dirime el recurso presentado a las elecciones para escoger los miembros del Comité Central del PLD en el Nivel Local en la Circunscripción Electoral numero 3 del Distrito Nacional
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